El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. APERCIBIR formalmente al Señor JORGE DANIEL FOSSATI LURACHI que en caso de reiterarse
una nueva infracción de esta naturaleza en la CONMEBOL Sudamericana 2020 será sancionado
conforme a lo que establece el Manual de Clubes CONMEBOL Sudamericana 2020.
2º ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de
la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido, archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Antonio Carlos Meccia
Miembro
Comisión Disciplinaria