El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO ROSARIO CENTRAL una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 9 y 12.2 incisos c), d), o) del Código Disciplinario
de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
CLUB ATLÉTICO ROSARIO CENTRAL de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o
Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO ROSARIO CENTRAL que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión cabe recurso
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria