La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al señor ALEXI STIVAL una multa de USD 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Anexo I del Código Disciplinario de la CONMEBOL a la cual se le aplica una reducción del 30% de acuerdo con lo dispuesto en la Circular DCC 068/2020 de la Dirección de Competiciones de CONMEBOL. De esta forma, el importe final asciende a USD 35.000 (TREINTA Y CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), el cual será debitado automáticamente del monto a recibir por el SANTOS FUTEBOL CLUBE en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
2º. IMPONER a SANTOS FUTEBOL CLUBE una multa de USD 63.000 (SESENTA Y TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES), a la cual se le aplica una reducción del 30% de acuerdo con lo dispuesto en la Circular DCC 068/2020 de la Dirección de Competiciones de CONMEBOL. De esta forma, el importe final asciende a USD 44.100 (CUARENTA Y CUATRO MIL CIEN DÓLARES ESTADOUNIDENSES), el cual será debitado automáticamente del monto a recibir por el SANTOS FUTEBOL CLUBE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º ADVERTIR expresamente al SANTOS FUTEBOL CLUBE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de
la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR al SANTOS FUTEBOL CLUBE y al Señor ALEXI STIVAL.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo
de 7 (siete) días corridos desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Reglamento
Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Reglamento Disciplinario de
la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha
de ser abonada mediante transferencia bancaria.
Amarilis Belisario
Vicepresidente
Eduardo Gross Brown
Presidente
Cristóbal Valdés
Miembro