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Nueva Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos regirá desde enero de 2027



  • La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) publicó la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos de 2027, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027.

  • La CONMEBOL invita a sus Asociaciones Miembro a difundir la nueva Lista y sus documentos relacionados entre clubes, selecciones y equipos de fútbol de campo, futsal y fútbol playa.



La Agencia Mundial Antidopaje (AMA) publicó la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos de 2027, que entrará en vigor el 1 de enero de 2027. La Lista establece qué sustancias y métodos están prohibidos en todo momento, cuáles se prohíben únicamente en competición y cuáles se prohíben en determinados deportes.

La Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) solicita a sus Asociaciones Miembro difundir la Lista y los documentos relacionados entre sus clubes, selecciones y equipos de fútbol de campo, futsal y fútbol playa. Es importante que la información llegue a futbolistas, cuerpos médicos, cuerpos técnicos y demás personal de apoyo.



– Documentos oficiales para consultar y descargar –





Los documentos también pueden consultarse desde la página oficial de la Lista 2027 de la AMA. Actualmente están disponibles en inglés y francés; la AMA anunció que publicará la versión en español posteriormente.



– Principales modificaciones para 2027 –

El resumen oficial de modificaciones explica, entre otros, los siguientes cambios:

  • Sustancias de abuso: se aclaró que, cuando corresponda, la presencia de sus metabolitos debe considerarse durante la gestión de resultados.
  • S0. Sustancias no aprobadas: se añadieron aclaraciones sobre péptidos sin aprobación para uso terapéutico humano. Una sustancia puede estar prohibida aunque no aparezca mencionada por su nombre en la Lista.
  • S4. Moduladores hormonales y metabólicos: se actualizó el título de una subcategoría y se incorporaron ejemplos para facilitar la identificación de sustancias prohibidas.
  • S5. Diuréticos y agentes enmascarantes: se añadieron ejemplos.
  • S8. Cannabinoides: se actualizaron las aclaraciones y los ejemplos relativos a cannabinoides con efectos similares a los del THC. El cannabidiol (CBD) no está prohibido, pero los productos derivados del cannabis pueden contener THC, que sí está prohibido en competición.
  • S9. Glucocorticoides: se añadió la administración por vía vaginal entre las vías permitidas.
  • P1. Betabloqueantes: se armonizó la información sobre disciplinas de los deportes a los que se aplica esta categoría.



– Semaglutida y tirzepatida –

La situación de los agonistas del receptor GLP-1, incluidas la semaglutida y la tirzepatida, no cambia para 2027: no se incorporaron a la Lista de Prohibiciones. Ambas sustancias continúan en el Programa de Seguimiento, mediante el cual la AMA observa posibles patrones de uso indebido mientras reúne más evidencia sobre sus efectos en deportistas. Estar en el Programa de Seguimiento no significa que una sustancia esté prohibida.



– Autorización de Uso Terapéutico (AUT) –

Si un futbolista necesita por una razón médica legítima utilizar una sustancia o un método prohibido, puede solicitar una Autorización de Uso Terapéutico (AUT). La solicitud se evalúa de acuerdo con los criterios de la Norma Internacional para Autorizaciones de Uso Terapéutico.

La prescripción médica, por sí sola, no equivale a una AUT aprobada. Por eso, el futbolista y su equipo médico deben verificar el estatus del tratamiento y consultar con la unidad antidopaje de la CONMEBOL al email unidad.antidopaje@conmebol.com sobre el procedimiento aplicable. La AMA ofrece información general sobre las AUT.

Formulario de Solicitud de AUT CONMEBOL



– Recursos educativos –

Además de los documentos de la Lista, la AMA se pone a disposición recursos de apoyo mediante su Programa de Apoyo a la Implementación del Código (CISP) y su Plataforma de Educación y Aprendizaje Antidopaje (ADEL). Entre los recursos anunciados para esta actualización se encuentran:

  • Lista de verificación del CISP para implementar la Lista revisada: disponible actualmente.
  • Guía de la Lista 2027 para deportistas y personal de apoyo: prevista para diciembre de 2026.



– Recomendaciones para asociaciones, clubes y selecciones –

Solicitamos que compartan estos documentos con los futbolistas y su personal de apoyo, y que los cuerpos médicos revisen los tratamientos previstos para 2027. La revisión debe considerar la sustancia, la dosis, la vía de administración y el momento de uso respecto de la competición.

Ante cualquier duda sobre un medicamento o método, el futbolista y su equipo médico deben consultar con la CONMEBOL o con la organización antidopaje competente, según corresponda, antes de utilizarlo. Si el tratamiento requiere una Autorización de Uso Terapéutico (AUT), deberán realizar la solicitud ante la organización competente.

Hasta el 31 de diciembre de 2026 continúa vigente la Lista 2026. La Lista 2027 comenzará a aplicarse el 1 de enero de 2027.





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