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Multa y advertencia al Club Atlético Colón

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO COLÓN una multa de USD 40.000 (CUARENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 10.2 incisos b) y e) y 12.2 incisos c), f), o) del Código Disciplinario de la CONMEBOL en concordancia con el artículo 9 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO COLÓN una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 inciso c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL en concordancia con el artículo 31 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO COLÓN una Advertencia por la infracción al artículo 5.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022 y al artículo 19 inciso i) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL.

4º. CONDENAR al CLUB ATLÉTICO COLÓN a pagar la indemnización por los daños materiales causados al Estadio Campeón del Siglo de la Ciudad de Montevideo, Uruguay por el valor de USD. 8.128,00 (OCHO MIL CIENTO VEINTIOCHO DOLARES ESTADOUNIDENSES). Este monto será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO COLÓN de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio y transferido directamente al CLUB ATLÉTICO PEÑAROL.

5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO COLÓN.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7 (siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD.
3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.


Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria

Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria

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