El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB DEPORTIVO JORGE WILSTERMANN una ADVERTENCIA por la infracción a los
artículos 5.3.2 y 5.3.3.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2022.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTIVO JORGE WILSTERMANN que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria
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