La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB DEPORTIVO ORIENTE PETROLERO una ADVERTENCIA por la infracción a los
artículos 5.3.3.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2023 y 17 literales a) y h) del
Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTIVO ORIENTE PETROLERO que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Amarilis Belisario
Vicepresidenta
Comisión Disciplinaria

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