El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB GUARANÍ una ADVERTENCIA por la infracción a los artículos 4.2.3 y 5.4.4.3 del
Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2023 y al Artículo 19 q) del Reglamento de
Seguridad de la CONMEBOL.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB GUARANÍ que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Jorge Posse
Miembro
Comisión Disciplinaria

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