La Jueza Única de La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB MONTEVIDEO CITY TORQUE una Advertencia.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB MONTEVIDEO CITY TORQUE que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Amarilis Belisario
Vicepresidenta
Comisión Disciplinaria

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