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Apercibimiento y advertencia al Club Alianza Lima / Carlos Julio Bustos

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. APERCIBIR formalmente al señor CARLOS JULIO BUSTOS por la infracción al artículo 5.1.11.6
numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores. En caso de reiterarse una nueva
infracción de esta naturaleza en la CONMEBOL Libertadores 2022 será sancionado conforme a lo que
establece el Manual.

2º. IMPONER al CLUB ALIANZA LIMA una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 incisos c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL y al artículo 19 inciso e) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta
multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto
de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB ALIANZA LIMA una Advertencia por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2)
del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022.

4º ADVERTIR expresamente al CLUB ALIANZA LIMA que en caso de reiterarse cualquier infracción a
la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso

Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

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