El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al ESTUDIANTES DE MÉRIDA FÚTBOL CLUB una MULTA de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal b) en concordancia con el
artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado
automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de
Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al ESTUDIANTES DE MÉRIDA FÚTBOL CLUB una ADVERTENCIA por la infracción al
artículo 4.2.10 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2023.
3º. ADVERTIR expresamente al club ESTUDIANTES DE MÉRIDA FÚTBOL CLUB que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído
causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario
de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Lucas Santos Ribeiro
Miembro
Comisión Disciplinaria

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