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Multa y advertencia al Club Atlético Independiente

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.6.5 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Sudamericana 2022. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literales c), f) y o) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. CONDENAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE al pago de USD 154.00 (CIENTO CINCUENTA Y
CUATRO DÓLARES ESTADOUNIDENSES) equivalentes al costo de reposición de la valla dañada. Este
monto será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto
de derechos de Televisión o Patrocinio.

4º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.

Antonio Carlos Meccia
Miembro
Comisión Disciplinaria

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