El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB BOLÍVAR una multa de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)
por la infracción a los artículos 5.1.5 y 5.1.5.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2023
y al artículo 11.2 literal m) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será
debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB BOLÍVAR que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria

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