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Multa y advertencia al Club Deportes Tolima

La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. IMPONER al CLUB DEPORTES TOLIMA una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 10.2 literal c) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL y 19 literal e) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta multa será
debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTES TOLIMA que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso.

Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria

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