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Multa y advertencia al Club Deportivo Universidad Católica

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. ORDENAR el cierre total de la Tribuna Ignacio Prieto del Estadio “San Carlos de Apoquindo” de la
ciudad de Santiago, Chile por los próximos 3 (tres) partidos en competiciones oficiales organizadas
por la CONMEBOL e IMPONER al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA una multa de USD
40.000 (CUARENTA MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 10.2 incisos b)
y c); 12.2 incisos c), f) y k) del Código Disciplinario de la CONMEBOL en concordancia con los artículos
9 y 31 del mismo cuerpo legal, al artículo 5.6.5 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores y
al artículo 19 incisos e) y l) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta multa
será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA una multa de USD 30.000 (TREINTA MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 17 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído
causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario
de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

4°. NOTIFICAR al CLUB DEPORTIVO UNIVERSIDAD CATÓLICA.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos
conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD.
3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria

Eduardo Gross Brown
Presidente

Comisión Disciplinaria

Antonio Carlos Meccia
Miembro
Comisión Disciplinaria

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