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Multa y advertencia al Club Olimpia

La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. IMPONER al CLUB OLIMPIA una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por
la infracción al artículo 10.2 inciso d) en concordancia con el artículo 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al CLUB OLIMPIA una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)
por la infracción al artículo 10.2 inciso b) en concordancia con el artículo 31 del Código Disciplinario
de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el
Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB OLIMPIA una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por
la infracción al artículo 19 inciso e) y f) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de
esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en
concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4º. ADVERTIR expresamente al CLUB OLIMPIA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR al CLUB OLIMPIA.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la decisión con fundamentos
conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir con las
formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL. De
conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de
USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia bancaria.

Amarilis Belisario
Vicepresidente
Comisión Disciplinaria

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