El Juez Único
RESUELVE
1º. IMPONER al GOIÁS ESPORTE CLUBE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 4.3.1 y 5.6.1.1 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Sudamericana 2023. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al GOIÁS ESPORTE CLUBE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 4.4.2 y 4.4.3 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Sudamericana 2023. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. IMPONER al GOIÁS ESPORTE CLUBE una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.8 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Sudamericana 2023. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4º. ADVERTIR expresamente al GOIÁS ESPORTE CLUBE que en caso de reiterarse cualquier infracción
a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR y cumplido archivar
Contra esta decisión no cabe recurso.
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria

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