El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al club SPORT BOYS ASSOCIATION una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al Artículos 16 literal s) y 36 literal f) inciso ix) del Reglamento
de Seguridad. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al club SPORT BOYS ASSOCIATION una Advertencia por la infracción a los artículos
4.2.4 y 5.3.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2022.
3º. ADVERTIR expresamente al SPORT BOYS ASSOCIATION que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria

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