Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB BOLÍVAR una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)
por la infracción al artículo 6.2.1.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022 y al
artículo 12.2 inciso h) del Código Disciplinario. El monto de esta multa será debitado
automáticamente del monto a recibir por el CLUB BOLÍVAR de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
2º. IMPONER al CLUB BOLÍVAR una ADVERTENCIA por la infracción a la Circular DCO 042_2022
Aclaración de Redes Sociales del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022.
3º. ADVERTIR expresamente al CLUB BOLÍVAR que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Cristóbal Valdés
Miembro
Comisión Disciplinaria
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