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Suspensión y multa para Club Social y Deportivo Colo Colo / Gustavo Quinteros Desabato

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE

1º. APERCIBIR formalmente al señor GUSTAVO DOMINGO QUINTEROS DESABATO por la infracción
al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores. En caso de
reiterarse una nueva infracción de esta naturaleza en la CONMEBOL Libertadores 2022 será
sancionado conforme a lo que establece el Manual.

2º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una multa de USD 10.000 (DIEZ MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 10.2 incisos c) del Código Disciplinario de
la CONMEBOL y al artículo 19 inciso e) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de
esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en
concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al articulo 12.2 inciso k) en concordancia con el
artículo 9 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado
automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de
Televisión o Patrocinio.

4º. IMPONER al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO una Advertencia por la infracción al artículo

5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2022 y al artículo 10.1 inciso d)
del Código Disciplinario de la CONMEBOL.

5º ADVERTIR expresamente al CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO COLO COLO que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 31 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

6º. NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso

Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

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