El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al jugador MATÍAS EZEQUIEL DI BENEDETTO por 3 (tres) partidos, incluyendo el
partido de suspensión automática ya impuesto. La presente sanción se deberá cumplir conforme a
lo dispuesto en los artículos 70 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al jugador MATÍAS EZEQUIEL DI BENEDETTO una multa de USD 6.000 (SEIS MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 14.6 del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club en
concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

Anuarios de la CONMEBOL Libertadores y CONMEBOL Sudamericana 2024
La Dirección de Competiciones y Operaciones de la Confederación Sudamericana de Fútbol presenta, por tercer año consecutivo, los Anuarios Informativos