El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. SUSPENDER al jugador JOHN VÍCTOR MACIEL FURTADO por 2 (dos) partidos, incluyendo el
partido de suspensión automática ya impuesto. La presente sanción se deberá cumplir conforme a
lo dispuesto en los artículos 73 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al señor JOHN VÍCTOR MACIEL FURTADO una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 16.6 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El importe
de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club en concepto de
derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso
Eduardo Gross Brown
Presidente
Comisión Disciplinaria

Anuarios de la CONMEBOL Libertadores y CONMEBOL Sudamericana 2024
La Dirección de Competiciones y Operaciones de la Confederación Sudamericana de Fútbol presenta, por tercer año consecutivo, los Anuarios Informativos