La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB ALIANZA LIMA una ADVERTENCIA.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB ALIANZA LIMA que en caso de reiterarse cualquier infracción a
la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

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