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Advertencia al Club Cerro Porteño

1° IMPONER al CLUB CERRO PORTEÑO una ADVERTENCIA por la infracción a los Artículos 1.3.1 y 7.2.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2026.

2º. ADVERTIR expresamente al CLUB CERRO PORTEÑO que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

3° NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso.

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