El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. IMPONER al CLUB SPORTIVO TRINIDENSE una ADVERTENCIA.
2º. ADVERTIR expresamente al CLUB SPORTIVO TRINIDENSE que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

CONMEBOL anuncia los adjudicatarios de los derechos de transmisión de sus competiciones de clubes para el ciclo 2027–2030
La Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL) anuncia que concluyó con éxito el proceso de licitación más competitivo de su historia




