El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1° IMPONER al DEPORTIVO TÁCHIRA FÚTBOL CLUB una ADVERTENCIA por la infracción al Artículo
26 literal m) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL 2026 y al Artículo 7.3.4.4 del Manual de
Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2026.
2º. ADVERTIR expresamente al DEPORTIVO TÁCHIRA FÚTBOL CLUB que en caso de reiterarse
cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el
presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3° NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

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