La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al FLUMINENSE FOOTBALL CLUB una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 20
literal c) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL.
2°. ADVERTIR expresamente al FLUMINENSE FOOTBALL CLUB que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

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