El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. APERCIBIR formalmente al oficial JULIO CESAR VACCARI , por la infracción al artículo 5.1.11.6
numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025. En caso de reiterarse una
nueva infracción de esta naturaleza en la CONMEBOL Sudamericana 2025 será sancionado conforme
a lo establecido en el Manual.
2°. IMPONER al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE una ADVERTENCIA por la infracción a los artículos
5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2025.
3º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO INDEPENDIENTE y al oficial JULIO CESAR VACCARI
que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a
la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del
Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

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