NOTICIAS DESTACADAS

Multa y advertencia a la Liga Deportiva Universitaria de Quito

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1°. IMPONER a la LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 12.2 literal h) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2°. IMPONER a la LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO una multa de USD 5.000 (CINCO MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 25 literal m) del Reglamento de Seguridad
de la CONMEBOL. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. CONDENAR a la LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO al pago de USD 8.373 (OCHO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y TRES DÓLARES ESTADOUNIDENSES) equivalentes al costo de reposición de
los gastos incurridos por la CONMEBOL en el espacio de hospitalidad. Este monto será debitado
automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de
Televisión o Patrocinio.

4º. ADVERTIR expresamente a la LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído
causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario
de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR a la LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir
con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
la cuota de apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria

ÚLTIMAS NOTICIAS