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Multa y advertencia a la Liga Deportiva Universitaria de Quito

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1°. IMPONER al club LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO una MULTA de USD 5.000 (CINCO
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 7.3.4.4 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2026. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

2º. IMPONER al club LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO una ADVERTENCIA por la infracción
al artículo 4.2.13 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2026.

3º. CONDENAR al club LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO al pago de USD 16.301 (DIEZ Y
SEIS MIL TRESCIENTOS UN DÓLARES ESTADOUNIDENSES) equivalentes al costo de reposición de los
gastos incurridos por la CONMEBOL en el espacio de hospitalidad. Este monto será debitado
automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de
Televisión o Patrocinio.

4º. ADVERTIR expresamente al club LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO que en caso de
reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído
causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el artículo 27 del Código
Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

5º. NOTIFICAR al club LIGA DEPORTIVA UNIVERSITARIA DE QUITO.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá cumplir
con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el artículo 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota
de apelación de USD. 3.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.

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