El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al BARCELONA SPORTING CLUB una MULTA de USD 10.000 (DIEZ MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 12.2 literal j) del Código Disciplinario de la
CONMEBOL y 26 literal o) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta multa
será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al BARCELONA SPORTING CLUB una ADVERTENCIA por la infracción a los artículos 5.8
y 7.3.4.5 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Sudamericana 2024.
3º. ADVERTIR expresamente al BARCELONA SPORTING CLUB que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

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