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Multa y advertencia al Club Atlético Boca Juniors / Sr. Jorge Francisco Almirón

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 90.000 (NOVENTA MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 4.4.1 y 4.4.2 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2023 y al artículo 26 del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL, en
concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El importe de esta multa
será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.

1.1°. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS que en caso de reiterarse la
infracción a los artículos 4.4.1 y 4.4.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2023,
la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL podrá determinar, además de una multa, el cierre
parcial o total del estadio para su siguiente partido en condición de local.

2º. IMPONER al SR. JORGE FRANCISCO ALMIRÓN una multa de USD 50.000 (CINCUENTA MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de
la CONMEBOL Libertadores 2023, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

3º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 2) del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Libertadores 2023, en concordancia con el artículo 27 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club
de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa de USD 12.000 (DOCE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 5.1.5 y 5.1.5.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2023. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto
a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 7.3.4.5
del Manual de Clubes de la CONMEBOL Libertadores 2023.

6º. ADVERTIR expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.

7º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS y al SR. JORGE FRANCISCO ALMIRÓN.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.

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