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Multa y advertencia al Club Atlético Newell´s Old Boys

La Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS una multa de USD 130.000 (CIENTO TREINTA
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 15.2 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL, en concordancia con el artículo 27 del mismo cuerpo legal. El monto de esta multa será
debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.

2°. ORDENAR al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS a realizar en su siguiente partido en condición
de local en competiciones organizadas por la CONMEBOL, las siguientes activaciones:

2.1. EXHIBIR un cartel con la frase “Basta de Racismo” en el Protocolo de inicio de partido, al
momento de la formación de los equipos frente a la tribuna de honor. El diseño y medidas del
cartel será informado por la Dirección Comercial y Marketing de la CONMEBOL.

2.2. EXHIBIR desde KO -2h hasta el final del partido, en la pantalla gigante del Estadio, la frase
“Basta de Racismo”, con excepción a los momentos en los cuales se deban exhibir las
activaciones deportivas y comerciales propias de la Competición. El diseño de la imagen a
exhibir será enviado por la Dirección Comercial y Marketing de la CONMEBOL.

2.3. PUBLICAR en las redes sociales oficiales del CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS una
campaña comunicacional con la frase “Basta de Racismo” durante los tres días previos a su
próximo partido en condición de local, la cual tendrá que ser aprobada previamente por la
Dirección de Comunicaciones de la CONMEBOL.

3°. SANCIONAR al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS por la infracción a los Artículos 12.1 literales
b) y d) del Código Disciplinario de la CONMEBOL, con el cierre parcial de la Tribuna “Diego Armando
Maradona” del Estadio Coloso Marcelo Bielsa para sus dos próximos partidos en condición de local
en competiciones organizadas por la CONMEBOL, cumpliendo con las siguientes directrices:

3.1 El cierre parcial de la Tribuna se aplicará a la parte inferior de la Tribuna, también denominada
Tribuna Popular Sur Baja. El Club Atlético Newell´s Old Boys informará a la CONMEBOL al
menos siete días antes de su siguiente partido el plan operativo para la ejecución de esta
medida, el cual deberá ser aprobado por la Dirección de Competiciones y Operaciones de la
CONMEBOL.

4º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS una multa de USD 20.000 (VEINTE MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 11.2 literal m) y 12.2 literales b) e i) del
Código Disciplinario de la CONMEBOL, en concordancia con el artículo 8 del mismo cuerpo legal. El
monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el Club de la
CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

4º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS una multa de USD 5.000 (CINCO MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 7.3.4.1 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Sudamericana 2023. El monto de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por
el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.

5º. NOTIFICAR al CLUB ATLÉTICO NEWELL´S OLD BOYS .

Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de la presente decisión con
fundamentos conforme al Artículo 64.1 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 64.3 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 64.4 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (TRES MIL DOLARES ESTADOUNIDENSES) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.

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