El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al CLUB DEPORTIVO PALESTINO una MULTA de USD 15.000 (QUINCE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 4.3.1.2 del Manual de Clubes de la CONMEBOL
Sudamericana 2024. El monto de esta multa será debitado automáticamente del importe a recibir
por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al CLUB DEPORTIVO PALESTINO una ADVERTENCIA por la infracción al artículo 20
literales s) y u) del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL.
3º. ADVERTIR expresamente al CLUB DEPORTIVO PALESTINO que en caso de reiterarse cualquier
infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente
procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL,
y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
Trabajos de Comisión Médica CONMEBOL promueve investigaciones científicas sobre conmoción cerebral
Preservar la salud e integridad de los deportistas y minimizar el riesgo de lesiones graves es el propósito de la