La Juez Única de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1°. IMPONER al CLUB OLIMPIA una multa de USD 8.000 (OCHO MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES)
por la infracción al artículo 12.2 literal c) del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El monto de esta
multa será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto
de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al CLUB OLIMPIA una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) por
la infracción al artículo 24 del Reglamento de Seguridad de la CONMEBOL. El monto de esta multa
será debitado automáticamente del importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de
derechos de Televisión o Patrocinio.
3º. ADVERTIR expresamente al CLUB OLIMPIA que en caso de reiterarse cualquier infracción a la
disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento
será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, y las
consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
4º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.

Paraguay conquista el título inaugural de la FIFA Youth Series
Paraguay se aseguró un lugar en la historia del fútbol al coronarse como el primer campeón de la FIFA Youth