El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL
RESUELVE
1°. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE una MULTA de USD 20.000 (VEINTE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción al artículo 5.1.11.6 numeral 1) del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Sudamericana 2025. El monto de esta multa será debitado automáticamente del
importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
2°. IMPONER al SR. GUSTAVO ALVAREZ una MULTA de USD 50.000 (CINCUENTA MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 5.1.11.6 numeral 1) del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Sudamericana 2025. El monto de esta multa será debitado automáticamente del
importe a recibir por su Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
3°. IMPONER al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE una MULTA de USD 12.000 (DOCE MIL DÓLARES
ESTADOUNIDENSES) por la infracción a los artículos 5.1.5 y 5.1.5.1 del Manual de Clubes de la
CONMEBOL Sudamericana 2025. El monto de esta multa será debitado automáticamente del
importe a recibir por el Club de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio.
4º. ADVERTIR expresamente al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE y al SR. GUSTAVO ALVAREZ que en
caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que
ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 27 del Código
Disciplinario de la CONMEBOL, y las consecuencias que del mismo se pudieran derivar.
5º. NOTIFICAR al CLUB UNIVERSIDAD DE CHILE y al SR. GUSTAVO ALVAREZ.
Contra esta decisión cabe recurso ante la Comisión de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de 7
(siete) días corridos contados desde el día siguiente a la notificación de los fundamentos de esta
decisión conforme al Artículo 67.2 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El recurso deberá
cumplir con las formalidades exigidas en el artículo 67.4 y siguientes del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. De conformidad con el Art. 67.5 del Código Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de
apelación de USD. 3.000 (DOLARES ESTADOUNIDENSES TRES MIL) ha de ser abonada mediante
transferencia bancaria.

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