1º. SUSPENDER al jugador GONZALO NICOLASSE MARTINEZ por 2 (dos) partidos, incluyendo el partido de suspensión automática ya impuesto. La presente sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los artículos 70 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al jugador GONZALO NICOLASSE MARTINEZ una multa de USD 3.000 (TRES MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 14.6 del Código Disciplinario de la CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.





