El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. CONFIRMAR el partido de suspensión automática impuesto al jugador ALEXANDER ANTONIO
ALVARADO CARRIEL, no acordando ningún partido adicional de suspensión. La presente sanción se
deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 70 y siguientes del Código Disciplinario de
la CONMEBOL.
2º. IMPONER al jugador ALEXANDER ANTONIO ALVARADO CARRIEL una multa de USD 2.000 (DOS
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 14.6 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su
Club en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
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