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Suspensión y multa para el Sr. Everton Augusto De Barros Ribeiro

El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE


1º. SUSPENDER al jugador EVERTON AUGUSTO DE BARROS RIBEIRO por 2 (dos) partidos, incluyendo
el partido de suspensión automática ya impuesto. La presente sanción se deberá cumplir conforme
a lo dispuesto en los artículos 70 y siguientes del Código Disciplinario de la CONMEBOL.

2º. IMPONER al jugador EVERTON AUGUSTO DE BARROS RIBEIRO una multa de USD 4.000 (CUATRO
MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 14.6 del Código Disciplinario de la
CONMEBOL. El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su
Club en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.

Contra esta decisión no cabe recurso.

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