El Juez Único de la Comisión Disciplinaria de la CONMEBOL,
RESUELVE
1º. CONFIRMAR el partido de suspensión automática impuesto al jugador LUIS JAN PIERS
ADVINCULA CASTRILLON, no acordando ningún partido adicional de suspensión. La presente
sanción se deberá cumplir conforme a lo dispuesto en los Artículos 70 y siguientes del Código
Disciplinario de la CONMEBOL.
2º. IMPONER al jugador LUIS JAN PIERS ADVINCULA CASTRILLON una multa de USD 2.000 (DOS MIL
DÓLARES ESTADOUNIDENSES) en virtud del Artículo 14.6 del Código Disciplinario de la CONMEBOL.
El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por su Club en
concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.
3º. NOTIFICAR y cumplido archivar.
Contra esta decisión no cabe recurso.
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